En Mendoza es obligatorio el uso de tapabocas

Desde el miércoles 15 de abril será obligatorio el uso de tapabocas en la provincia de Mendoza.
El decreto N° 518 publicado en el Boletín Oficial señala el uso obligatorio de elementos de “prevención facial”, que cubran nariz, boca y mentón para circular en la vía pública, ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público en el ámbito de la Provincia de Mendoza.
Se le denomina “prevención facial” a todo aquello con capacidad de impedir la transmisión del virus tales como tapabocas, bandanas, pañuelos, buff, o similares”. La norma deja en claro que se reservan los barbijos sanitarios “en forma exclusiva” para el personal de la salud y de seguridad.
Los que no cumplan con los dispuesto deberán pagar multas que van desde los $5.000 a los $50.000. Lo recaudado por las multas será destinado al sistema de salud.
$.5000 para infractores que no usen el tapabocas en la vía pública.
$10.000 si se encuentra dentro de un comercio o centro de atención privado sin la prevención facial.
$50.000 si la infracción se comete dentro de un supermercado o hipermercado.
Los pasajeros que no lleven tapabocas no podrán utilizar el transporte público.